Funciones del Ministro del Interior, además de las señaladas por la Constitución Política, las siguientes:

Ministro del Interior de Colombia Aurelio Iragorri Valencia
 

Aurelio Iragorri Valencia, nació en Popayán en 1966. Es abogado de la Universidad Javeriana, con amplia experiencia en los sectores público y privado.

Desde el 11 de septiembre de 2013, asumió como Ministro del Interior. Anteriormente, se desempeñó como Secretario General de la Presidencia de la República, cargo que ocupó desde el 2 de julio de 2013.
Previo a este nombramiento, Iragorri estuvo al frente de la Alta Consejería para Asuntos Políticos de la Presidencia de la República.

En agosto de 2011 asumió las riendas del Viceministerio del Interior para las Relaciones Políticas, desde donde contribuyó a la dinamización de las relaciones entre el Gobierno Nacional, los departamentos y los municipios.

En su hoja de vida pública también ha tenido experiencia como Coordinador para Colombia de los Asuntos de la Comisión Quinta de Naciones Unidas, encargada de temas financieros y administrativos.

 

 

 

Son funciones del Ministro del Interior, además de las señaladas por la Constitución Política, las siguientes:

  1. Ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el Presidente de la República le delegue o la Ley le confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo.
  2. Participar en la orientación, coordinación y control de las entidades adscritas y vinculadas pertenecientes al sector administrativo del Interior.
  3. Dirigir y orientar la función de planeación del sector administrativo del Interior.
  4. Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento y el prospecto de utilización de los recursos del crédito público que se contemplen para el sector administrativo del Interior.
  5. Vigilar el curso de la ejecución del presupuesto correspondiente al Ministerio.
  6. Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto de Contratación Pública y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio.
  7. Dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia.
  8. Actuar como superior inmediato de los representantes legales de las demás entidades adscritas o vinculadas, sin perjuicio de la función nominadora.
  9. Formular las políticas sectoriales, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo del Interior, bajo la dirección del Presidente de la República.
  10. Representar, en los asuntos de su competencia, al Gobierno Nacional en la ejecución de tratados y convenios internacionales, de acuerdo con las normas legales sobre la materia.
  11. Organizar y reglamentar áreas funcionales de gestión o grupos de trabajo para la adecuada atención de asuntos propios de las dependencias.
  12. Crear, conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, necesarios para el cumplimiento de la misión del Ministerio, mediante acto administrativo, dentro del marco de su competencia.
  13. Coordinar la actividad del Ministerio, en lo relacionado con su misión y objetivos, con las Entidades Públicas del orden nacional y descentralizado territorialmente y por servicios, el Congreso de la República, la Rama Judicial, la Registraduría Nacional del Estado Civil y los organismos de control.
  14. Impartir instrucciones a la Policía Nacional para la conservación y el restablecimiento del orden público interno en aquellos asuntos cuya dirección no corresponda al Ministro de Defensa Nacional.
  15. Planear, coordinar, formular políticas y trazar directrices que orienten los rumbos del sistema jurídico del país y del sistema de justicia.
  16. Preparar e impulsar proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso de la República en las materias relacionadas con los objetivos, misión y funciones del Ministerio, y coordinar la acción del Gobierno Nacional ante el Congreso de la República, con el concurso de los demás ministerios.
  17. Promover dentro de las instancias respectivas, y con la colaboración de las entidades estatales competentes, la cooperación internacional en los asuntos de su competencia.
  18. Adelantar los programas especiales que se requieran en el desarrollo de las funciones que se determinen.
  19. Coordinar y dirigir la acción del Estado conducente a desarrollar el ‘Programa para la Reincorporación a la Vida Civil de las Personas y Grupos Alzados en Armas’, mediante el cual se atenderán las personas y grupos armados y organizados al margen de la ley que se desmovilicen y hagan dejación voluntaria de las armas, en coordinación con el Ministerio de Defensa Nacional.

Parágrafo: La función establecida en el numeral 19 es transitoria y permanecerá en el Ministerio en tanto la situación de orden público así lo amerite.

Objetivos

  • Formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector del Interior.
  • Propender por la seguridad jurídica y la disminución del costo de transacción en las relaciones entre los sujetos de derecho.
  • Formular y adoptar la política del Gobierno, en materias relativas al orden público interno; los asuntos políticos; la paz, la convivencia ciudadana y los derechos y libertades fundamentales; a la participación ciudadana en la vida y organización social y política de la Nación; a los asuntos referentes a los grupos étnicos; a las relaciones entre la Nación y las entidades territoriales de la República y demás asuntos relativos a ellas.
  • Propender por el ordenamiento y la autonomía territorial, dinamizando las relaciones entre la Nación y las entidades territoriales en materia de la política de descentralización y el desarrollo institucional.
  • Afianzar el manejo de los asuntos políticos, la democracia participativa y pluralista, a fin de garantizar el acceso a los espacios y mecanismos de participación ciudadana y comunitaria en la vida y en la organización social y política de la Nación.
  • Formular las políticas, garantizar los derechos y verificar el manejo de los asuntos de las colectividades étnicas.
  • Garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales, promoviendo la modernización de las instituciones para el ejercicio de los derechos políticos.

Estrategias

  • Coordina con otras instituciones lo pertinente a las materias de su competencia.
  • Fortalece el liderazgo y la capacidad de convocatoria del Ministerio en materias de su competencia.
  • Gestiona recursos de cooperación internacional para apoyar proyectos de su competencia.
  • Convoca, capacitando y promoviendo que los actores sociales se comprometan en la construcción y fortalecimiento del tejido social.
  • Da respuesta oportuna y eficaz a las solicitudes realizadas por actores o agentes sociales.
  • Coordina y promueve la modernización de los movimientos, partidos políticos y organizaciones sociales.
  • Suministra oportunamente información a la ciudadanía sobre los temas de su competencia.
  • Coordina y evalúa los procesos electorales que se adelanten a nivel nacional o regional.
  • Difunde el respeto de los derechos humanos fundamentales y el Derecho Internacional Humanitario.
  • Promueve en la comunidad el respeto por las tradiciones y la cultura de las colectividades étnicas.
  • Fortalece los derechos fundamentales, de colectividades étnicas, de derechos humanos, de zonas de alto riesgo.

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