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Los ministros del Interior de España y Francia clausuran la IV Reunión del Comité de Planificación y Coordinación Estratégica de Seguridad Interior hispano-francés

CONVOCATORIA DE PRENSA: Los ministros del Interior de España y Francia clausuran la IV Reunión del Comité de Planificación y Coordinación Estratégica de Seguridad Interior hispano-francés

Los ministros del Interior de España y Francia, Jorge Fernández Díaz y Manuel Valls, presidirán el viernes, 24 de mayo, a las 12:45 horas, el acto de clausura de la IV Reunión del Comité de Planificación y Coordinación Estratégica de Seguridad Interior hispano-francés, que se celebra en la sede del Ministerio del Interior, en Madrid.
Los medios gráficos podrán tomar imágenes de la reunión.
Posteriormente, los dos ministros ofrecerán una rueda de prensa conjunta en el salón de actos del Ministerio.
Los periodistas que deseen cubrir este acto, deberán presentarse a las 12:20 horas para acreditarse.
Día:
Viernes, 24 de mayo de 2013
Hora:
12:45 horas (Inicio de la reunión – Sólo cobertura gráfica)
13:15 horas (Rueda de prensa conjunta)
Lugar:
Ministerio del Interior
C/ Amador de los Ríos, 7
Madrid

MINISTERIO DEL INTERIOR

Las FARC niegan la autoría del secuestro de turistas españoles en Colombia

Las FARC niegan la autoría del secuestro de turistas españoles en Colombia

El segundo jefe de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y líder de los delegados de la guerrilla Luciano Marín (i), alias "Iván Márquez" llega junto a su compañero Rodrigo Granda / EFE
El segundo jefe de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y líder de los delegados de la guerrilla Luciano Marín (i), alias «Iván Márquez» llega junto a su compañero Rodrigo Granda / EFE

La delegación de las FARC reiteró que «se está cumpliendo en todo el territorio nacional» la orden de su «estado mayor», emitida en febrero de 2012, que prohíbe los secuestros

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EFE 22 de mayo 2013 – 09:05 am

La delegación de las FARC en los diálogos de paz de La Habana negó hoy que esa guerrilla sea responsable del secuestro de dos turistas españoles en Colombia y lo atribuyó a la «delincuencia común».

«Rechazamos categóricamente este nuevo absurdo de estar acusando a las FARC de acciones de delincuencia común», declaró a los medios en La Habana el guerrillero Jesús Emilio Carvajalino, alias «Andrés París».

La delegación de las FARC reiteró que «se está cumpliendo en todo el territorio nacional» la orden de su «estado mayor», emitida en febrero de 2012, que prohíbe los secuestros.

Las autoridades colombianas buscan a los turistas españoles Ángel Sánchez Fernández, de 49 años, y María Concepción Marlaska Sedano, de 43 años, secuestrados desde el pasado viernes en el departamento de La Guajira, limítrofe con Venezuela, cuando se dirigían en automóvil hacia el turístico Cabo de la Vela.

Sánchez Fernández y Marlaska, quien es familiar del juez español Fernando Grande-Marlaska, jefe de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, son naturales de Avilés, localidad de Asturias, en el norte de España.

Según fuentes de la policía colombiana, los secuestradores dijeron ser de las FARC cuando contactaron con sus familiares para pedir un rescate.

El martes, en Cuba, un portavoz del equipo negociador de la guerrilla en los diálogos de paz con el Gobierno de Colombia ya adelantó a Efe que ese grupo rebelde cumple con la directriz que prohíbe a todas sus unidades urbanas y rurales «la retención de personas con fines económicos».

Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada (IV) Los nuevos retos del Director de Seguridad

Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada (IV)




ALEGACIONES AL CAPÍTULO II DEL TÍTULO PRELIMINAR

FUNDAMENTO

Resulta verdaderamente sorprendente que el artículo 12, en donde se relacionan las competencias de la Administración General del Estado no exista ninguna referencia a los “Departamentos de Seguridad”, cuando en el actual Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, en su artículo 112 “Enumeración de los servicios o sistemas y circunstancias determinantes”, se expone:

1. Cuando la naturaleza o importancia de la actividad económica que desarrollan las empresas y entidades privadas, la localización de sus instalaciones, la concentración de sus clientes, el volumen de los fondos o valores que manejen, el valor de los bienes muebles u objetos valiosos que posean o cualquier otra causa lo hiciesen necesario, el Secretario de Estado de Interior para supuestos supraprovinciales, o los Gobernadores Civiles, podrán exigir a la empresa o entidad que adopte, conjunta o separadamente, los servicios o sistemas de seguridad siguientes:

a) Creación del departamento de seguridad.

b) Establecimiento del servicio de vigilantes de seguridad, con o sin armas a cargo de personal integrado en empresas de seguridad.

c) Instalación de dispositivos y sistemas de seguridad y protección.

d) Conexión de los sistemas de seguridad con centrales de alarmas, ajenas o propias, que deberán ajustarse en su funcionamiento a los establecido en los artículos 46, 48 y 49, y reunir los requisitos que se establecen en el apartado 6.2 del anexo del presente Reglamento; no pudiendo prestar servicios a terceros si las empresas o entidades no están habilitadas como empresas de seguridad.

2. En todo caso deberá existir Departamento de Seguridad cuando concurran las circunstancias de los párrafos b) y c) del artículo 96.2 de este Reglamento.

Hoy en día son cada vez más las empresas, instalaciones, actividades, establecimientos, organizaciones, etc., y más desde la aprobación de la normativa sobre Infraestructuras Críticas, que se les va a exigir la disposición, como orgánico (plantilla) de un Departamento de Seguridad, figurando al frente del mismo, un técnico con la titulación de Director de Seguridad (grado universitario a partir de la aprobación de la Ley).

Posteriormente en el artículo 115 se detalla el procedimiento para crear el Departamento de Seguridad a través de diversos organismos administrativos dependientes del Ministerio del Interior y comunicarlo al Director General de la Policía y al Delegado/Subdelegado del Gobierno. Posteriormente en los artículos 116 y 117 se configura el Departamento de Seguridad y sus cometidos.

Se podría argüir que esas referencias explícitas al Departamento de Seguridad ya se harán en el Reglamento que se apruebe con posterioridad a la ley, pero es que el texto del anteproyecto, relaciona diez competencias, incluidas la de los despachos de detectives privados, centros de formación y otros de menor relevancia e importancia que el Departamento de Seguridad.

¿Nos imaginamos, por poner un ejemplo concreto, que el Departamento de Seguridad que debe tener ENDESA, al igual que cientos y cientos de otras entidades españolas, no está referenciado en la ley y si lo esté una pequeña empresa de veinte o treinta vigilantes?

El artículo 13 del anteproyecto es un “saludo al sol” en este estado de las autonomías, en la cual si una entidad se erradica en una comunidad autónoma tiene que hacer los trámites pertinentes, ¿incluidos o no los del Departamento de Seguridad? en los homónimos del Estado en la misma, con el hándicap que si esa entidad quiere sobrepasar su mercado u su acción a otras comunidades, tiene que volver a efectuar nueva petición, esta vez ante el Ministerio del Interior. Si tenemos en cuenta que hay varias autonomías uniprovinciales, nos encontraremos con obstáculos administrativos que en teoría se pretenden superar, pero que cada vez dificultan más la vida de la sociedad.

Además, dentro de unos años, nos encontraremos que cada Comunidad Autónoma he legislado y ha establecido pautas de comportamiento y de procedimiento, diferentes a los de otras CC.AA., con lo cual tendremos que adecuar la seguridad privada a cada territorio.

En la actual seguridad privada, la guía para la elaboración y redacción de un plan de seguridad es distinto entre CC.AA., al menos en formato. Ya está ocurriendo en Protección Civil, que tenemos diecisiete sistemas distintos, cuando tendría que ser único.

Si nos vamos al Estatuto de Autonomía de Cataluña, en su artículo 163 se consigna la “seguridad privada” y se plasma el mismo texto, con imperceptibles modificaciones, del anteproyecto:

Corresponde a la Generalitat la ejecución de la legislación del Estado en las siguientes materias:

a. La autorización de las empresas de seguridad privada que tengan su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación esté limitado a su territorio.

b. La inspección y sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en Cataluña.

c. La autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada.

d. La coordinación de los servicios de seguridad e investigación privadas con la Policía de la Generalitat y las Policías Locales de Cataluña.

En algunos estatutos de autonomía, por ejemplo el de Andalucía, en su artículo 66, recoge que tiene “competencias exclusivas” en protección civil, lo cual no deje de ser un contrasentido, por no expresar una cuestión de inconstitucionalidad. La normativa estatal es muy clara al respecto, pero estas expresiones dan pie a embrollos jurídicos posteriores, y nos referimos a la autoprotección y seguridad privada, tema que ya se ha hecho mención en las alegaciones al capítulo I. En igual sentido y casi con las mismas palabras se recogen en el artículo 132 del Estatuto catalán.

La realidad es que ya no hay marcha atrás en el estado de las autonomías, lo que complicará la vida de los españoles ahora y aún más en el futuro, pero en lo concerniente al Departamento de Seguridad y Director de Seguridad, debe mantenerse en el ámbito del Ministerio del Interior.

La Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas (IC), establece en su Preámbulo y en su articulado que la dirección y coordinación de la protección de las IC pertenece al Estado a través de la Secretaria de Estado de Seguridad, incluyéndose como “agentes”, entre otros a las CC.AA., con claras competencias, pero siempre en beneficio del conjunto del territorio español.

En diferentes artículos recoge como elemento de enlace entre el Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas y los Operadores Críticos, un Responsable de Seguridad y Enlace con la titulación de Director de Seguridad.

Desde julio a octubre de 2011 escribí una serie de columnas en www.belt.es, sobre este importante tema, cuyo diagrama general puede verse en la figura:

El artículo 13 de la Ley de IC indica que los “operadores críticos”, similar en definición a los titulares que necesitan servicios de seguridad privada, designarán a un Responsable de Seguridad y Enlace. Posteriormente en el artículo 16 remacha que “los operadores críticos nombrarán y comunicarán al Ministerio del Interior un Responsable de Seguridad y Enlace con la Administración en el plazo que reglamentariamente se establezca”. Es decir que existe una relación directa en el nombramiento y en el posterior control de este importante cargo, no delegable ni desconcentrada la función en las CC.AA.

PROPUESTA

Relacionar, entre las competencias de la Administración General del Estado, como apartado 1 a) “La autorización para la creación de un Departamento de Seguridad en los titulares definidos en el artículo 2 de la presente Ley, así como su inspección y sanción en caso de incumplimiento de sus obligaciones legales y reglamentarias. Esta competencia será exclusiva del Estado”.

De esta forma el Ministerio del Interior dispondrá de unos elementos materiales y procedimentales y unos recursos humanos, los directores de seguridad, que tenderán a una mejor coordinación de la seguridad privada desplegada y repartidas sus responsabilidades entre las CC.AA.

Suplemento Temático: Los nuevos retos del Director de Seguridad


Fuente: Rafael Vidal

BELT IBÉRICA, S.A. no se hace responsable de las opiniones de los artículos reproducidos en nuestra Revista de Prensa, ni hace necesariamente suyas las opiniones y criterios expresados. La difusión de la información reproducida se realiza sin fines comerciales.

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El Director General de la Guardia Civil se reúne con la Defensora del Pueblo

El Director General de la Guardia Civil se reúne con la Defensora del Pueblo
El Director General de la Guardia Civil se reúne con la Defensora del Pueblo
El Director General de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, se ha reunido hoy en la Dirección General con la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril. A esta reunión también han asistido el Teniente General Cándido Cardiel, Director Adjunto Operativo; el Teniente General Jefe del Mando de Operaciones, Pablo Martín Alonso; y el General de División Javier Ara, Jefe del Gabinete Técnico.
Durante la reunión mantenida, los responsables de ambas Instituciones han repasado diversos asuntos de interés, acordando mejorar los protocolos de trabajo actualmente existentes, materializándose, entre otras medidas, a través de reuniones de coordinación periódicas que garanticen los flujos de información entre ambas instituciones.
En su dilatada trayectoria política, Soledad Becerril destaca por haber sido la primera ministra de la Democracia, tras asumir la cartera de Cultura en 1981. Durante cinco legislaturas ha sido miembro de diputada en las Cortes–una de ellas como vicepresidenta del Congreso- y en otra legislatura fue senadora. También ha sido Alcaldesa de Sevilla, cargo que desempeñó hasta 1999.

Enlace Video informativo : http://goo.gl/7UfJs
Julián Flores Garcia | URL: http://wp.me/p2mVX7-Gb
30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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Raúl Castro, por su parte, reiteró “la voluntad indeclinable de Cuba de continuar la cooperación solidaria con Venezuela, decididos a compartir nuestra suerte con el heroico pueblo venezolano”

La crisis de gobernabilidad y legitimidad por la que atraviesa Venezuela está lejos de ser un asunto meramente interno. Comenzó a impactar en sus vecinos sudamericanos y podría desatar un enfrentamiento de gravedad con Estados Unidos.
La crisis de gobernabilidad y legitimidad por la que atraviesa Venezuela está lejos de ser un asunto meramente interno. Tiene alcances claramente continentales pues afecta a los países vecinos como la Colombia de Juan Manuel Santos, ha provocado roces con el Perú de Ollanta Humala, preocupación en el Brasil de Dilma Rousseff y duras acusaciones de Nicolás Maduro contra Barack Obama.
El chavismo tiene en el antiimperialismo una de las razones de su existencia. Da igual que en la Casa Blanca esté un Presidente escorado a la derecha como George W. Bush que un demócrata progresista como Barack Obama.
El sentimiento antiestadounidense no solo es funcional al chavismo sino que es una de las razones para existir. Por eso, cuando el régimen está en problemas siempre resurge el espantajo antiimperialista.
En una semana, se ha podido ver a Maduro acusar a Obama no solo de estar reinventando el “imperialismo” sino de financiar un golpe en su contra e incluso le ha llamado “demonio” como en su día Hugo Chávez llamaba “Mr. Danger” o aludía al olor a azufre (demoniaco) de Bush.
EE.UU. monitorea de cerca lo que ocurre en Venezuela y claramente la administración está preocupada.
“Creo que todo el hemisferio ha estado observando la violencia, las protestas, la mano dura contra la oposición”, dijo Barack Obama en la entrevista conUnivisión Noticias durante un viaje a México.
“Nuestra postura es que todo el hemisferio no es ideológico. No está enraizado en la Guerra Fría. Está basado en la noción de nuestros principios básicos de derechos humanos, democracia, libertad de prensa y libertad de reunión. ¿Se están respetando esos principios?”, agregó el Presidente.
Finalmente, Obama subrayó que “existen reportes de que ellos no están siendo plenamente respetados después de la elección. Creo que nuestro único interés en este punto es asegurarnos de que el pueblo de Venezuela pueda determinar su propio destino libre del tipo de prácticas de las que todo el hemisferio en general se ha alejado”.
Estas palabras han desatado una fortísima réplica por parte de Maduro.
El venezolano ya antes de estas afirmaciones había dicho en el diario El Paísque “¡el imperialismo existe! EE UU ha ejercido un imperialismo mundial … Creemos en este proyecto de un mundo en equilibrio, sin imperio. Venezuela ha sufrido 100 años de dominio petrolífero en los que las multinacionales estadounidenses sembraron la miseria, y por eso tenemos un proyecto antiimperialista”.
Tras las palabras de Obama, directamente le acusó de financiar un golpe: “No queda duda que es el propio Obama que como títere de ese poder imperial, quien está detrás del financiamiento en dólares de la dirección de esta derecha que quiere embochinchar y destruir la democracia”.
Maduro va a seguir levantando esta bandera que le sirve primero para movilizar a los suyos (“yo llamo al pueblo (…), los llamo en cadena nacional: ¡Vamos a una gran movilización en la calle, todo el pueblo, vamos, a movilizarnos en todos los capitales de municipios, de estados. A Venezuela se la respeta. Vamos con una sola consigna, ¡alerta! ¡alerta!”)…
… y segundo para granjearse la buena opinión de una parte de la comunidad internacional que suele sentirse antiestadounidense (“Él (Obama) está dando su beneplácito, la orden a la derecha fascista para que ataque al pueblo de Venezuela”).
Al otro lazo de la frontera lo que hay es mucha preocupación. El gobierno de Juan Manuel Santos si algo teme es una Venezuela sumida en el desgobierno. Eso tendría consecuencias directas para la seguridad colombiana y para la economía.
“Con Nicolás Maduro tenemos grandes diferencias en materia de ideología, de forma de ver la vida, la vida económica, el modelo de desarrollo, pero respetando esas diferencias, tenemos unas magníficas relaciones”, expresó Santos durante una entrevista con el diario El País, de España.
Para Santos su máxima es que “si allá (Venezuela) algo sucede nos afecta inmediatamente a nosotros más que a ningún otro país”. Por eso se ha esforzado en mostrar su respaldo a Maduro y ha criticado a quienes dudan del resultado electoral pues eso puede desencadenar la inestabilidad en Venezuela.
Así, ha criticado a Henrique Capriles (“Una democracia tiene unas reglas de juego, que en la elección pasada fueron exactamente las mismas reglas y se acataron, se respetaron. ¿Por qué no va a ser lo mismo ahora, a pesar de que la diferencia es menor?”) y a EEUU ( “No me parece que sea lo más constructivo” dudar del resultado electoral).
También Brasil tiene mucho en juego en Venezuela y teme que la desestabilización pudiera golpear sus intereses. Por eso, Dilma Rousseff estuvo en la toma de posesión de Maduro.
Según un análisis de la agencia Reuters, en 2012,  las exportaciones brasileñas a Venezuela aumentaron en un 533%, y convirtieron a Venezuela en el segundo mayor mercado latinoamericano de Brasil después de Argentina. Además, las inversiones brasileñas en Venezuela rondan los USD 20.000 millones y multilatinas como Odebrecht tienen muchos intereses en el país vecino.
Esquizofrenia peruana
Ollanta Humala no solo reconoció la victoria de Nicolás Maduro sino que viajó a Caracas a la toma de posesión. Eso le valió duras críticas y hasta acusaciones de que estaba dando un giro hacia la radicalización.
Sin embargo, días después el canciller Roncagliolo mencionó que Perú promueve un pronunciamiento de los países miembros de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) invocando al diálogo y tolerancia en Venezuela.
“El segundo elemento de la declaración de Unasur consiste en pedir que haya en Venezuela un clima de diálogo y tolerancia, pedido que mantenemos, pedido que yo reitero. Nos parece fundamental para los venezolanos y para la región que pueda establecerse un clima de de diálogo, de tolerancia y de respeto mutuo”, afirmó el canciller peruano.
No pasó mucho tiempo para que el presidente Maduro reaccionara indignado.
“Espero que no sea la posición del gobierno de Ollanta Humala. Él [Roncagliolo] no ha consultado con Venezuela lo que acaba de declarar. Así no es. Puede ser usted canciller del Perú, compañero Roncagliolo, yo lo conozco bien, pero no puede opinar sin consultar al gobierno soberano de Venezuela”, aseguró Maduro.
Ahora las aguas han vuelto a su cauce entre ambos países pero lo sucedido revela cómo los sucesos en Caracas tienen consecuencias en la política de la región, tanto la interna como la externa.
Apoyo a Maduro
El respaldo a Maduro ha llegado del bloque de los países adscritos al “socialismo del siglo XXI”. Empezando por Cristina Kirchner (que no pertenece plenamente a ese bloque) que viajó a la toma de posesión.
Por ejemplo, de Rafael Correa quien dijo que  “conspiradores de siempre” tratan de deslegitimar el triunfo de Maduro para “desgastar su gobierno y si es posible, desestabilizarlo en tres años”.
Sin embargo, el presidente de Ecuador añadió que “no lograrán” ese propósito ya que el pueblo del comandante Chávez está con Nicolás Maduro, “un gran presidente latinoamericano”.
De la misma forma, Evo Morales subrayó que la reunión de Unasur en Lima era para “defender la democracia de Venezuela, para expresar todo nuestro apoyo para el presidente electo Maduro. Unasur, después de su fundación se ha constituido una institución de 12 estados para defender la democracia frente a la agresión del imperio, frente a provocaciones de Estados Unidos”.
“Todo lo que pasó desde el lunes, ha sido una abierta agresión del gobierno de EE.UU. desconociendo al presidente Maduro, pidiendo conteo de votos, por ello, nos reunimos los presidentes para dar nuestro apoyo a la democracia y a la revolución bolivariana”, añadió el boliviano.
La Nicaragua de Daniel Ortega expresó su solidaridad con Venezuela, que seguirá “dando la batalla” en defensa de la victoria electoral del presidente Nicolás Maduro, desconocida por la oposición y los sectores “más extremistas” de ese país.
Ortega manifestó solidaridad con Maduro que tiene planteada “esta batalla después de la victoria electoral que trata de ser desconocida por las fuerzas alimentadas por sectores más extremistas en Venezuela”.
Y la Cuba de los Castro ha aprovechado la actual coyuntura para reforzar los lazos y la alianza con la Venezuela chavista ahora dirigida por Maduro.
Los presidentes de Cuba, Raúl Castro, y de Venezuela, Nicolás Maduro, profundizaron en La Habana la “alianza estratégica” creada hace 12 años por sus predecesores, Fidel Castro y el fallecido Hugo Chávez, al suscribir 51 proyectos de colaboración por casi mil millones de dólares.
El mandatario venezolano dijo que viajó a La Habana a “ratificar con mucha fortaleza nuestra unión” y aseguro que “Cuba y Venezuela van a seguir juntas trabajando”.
Se trata de “una alianza estratégica que trasciende los tiempos, que más que una alianza es una hermandad”, dijo.
Raúl Castro, por su parte, reiteró “la voluntad indeclinable de Cuba de continuar la cooperación solidaria con Venezuela, decididos a compartir nuestra suerte con el heroico pueblo venezolano”.
Venezuela era uno de los polos de atención cuando vivía Hugo Chávez. Ahora lo sigue siendo porque el país se encamina a convertirse en el enfermo de Sudamérica atrapado en una triple crisis: económica (inflación y déficits), social (inseguridad) y política (ingobernabilidad y deslegitimización del gobierno de Maduro).


Venezuela era uno de los polos de atención cuando vivía Hugo Chávez
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Fuente:  Rogelio Núñez – Infolatam

Jorge Fernández Díaz inaugurará mañana miércoles el Complejo Policial de Sant Martí-La Verneda de Barcelona

CONVOCATORIA DE PRENSA: Jorge Fernández Díaz inaugurará mañana miércoles el Complejo Policial de Sant Martí-La Verneda de Barcelona

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, inaugurará mañana miércoles, 15 de mayo, a las 12:00 horas, el Complejo Policial de Sant Martí-La Verneda de Barcelona.
En este acto, el ministro del Interior estará acompañado por el director general de la Policía, Ignacio Cosidó, y por la delegada del Gobierno en Cataluña, María Llanos de Luna, entre otras autoridades civiles y militares, municipales y autonómicas.
Las nuevas instalaciones policiales -edificadas en un solar de más 9.000m² y con una inversión de más de 20 millones de euros- darán cabida, en un mismo lugar, a la mayoría de las brigadas operativas y de gestión del Cuerpo Nacional de Policía, integrando además las Oficinas de Documentación de Españoles y Extranjeros.
En el nuevo edificio prestan servicio cerca de 1.100 efectivos del Cuerpo Nacional de Policía y otros 100 funcionarios procedentes de los Cuerpos Generales y Personal Laboral.

Día:
Miércoles, 15 de mayo de 2013

 

 

CONVOCATORIA DE PRENSA: Jorge Fernández Díaz inaugurará mañana miércoles el Complejo Policial de Sant Martí-La Verneda de Barcelona

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, inaugurará mañana miércoles, 15 de mayo, a las 12:00 horas, el Complejo Policial de Sant Martí-La Verneda de Barcelona.
En este acto, el ministro del Interior estará acompañado por el director general de la Policía, Ignacio Cosidó, y por la delegada del Gobierno en Cataluña, María Llanos de Luna, entre otras autoridades civiles y militares, municipales y autonómicas.
Las nuevas instalaciones policiales -edificadas en un solar de más 9.000m² y con una inversión de más de 20 millones de euros- darán cabida, en un mismo lugar, a la mayoría de las brigadas operativas y de gestión del Cuerpo Nacional de Policía, integrando además las Oficinas de Documentación de Españoles y Extranjeros.
En el nuevo edificio prestan servicio cerca de 1.100 efectivos del Cuerpo Nacional de Policía y otros 100 funcionarios procedentes de los Cuerpos Generales y Personal Laboral.

Día:
Miércoles, 15 de mayo de 2013
Hora:

El director general de la Policía inaugura una nueva oficina de expedición de DNI y Pasaporte en Arganda del Rey

CONVOCATORIA DE PRENSA: El director general de la Policía inaugura una nueva oficina de expedición de DNI y Pasaporte en Arganda del Rey

Para mejorar el servicio a los ciudadanos del sureste de la Comunidad de Madrid

La alta densidad poblacional de esta localidad junto a la de sus poblaciones vecinas, que no cuentan con Comisaría de Policía, generan una gran demanda de estas tareas administrativas.
Con la creación de esta nueva dependencia la Dirección General de la Policía mejora la prestación de este servicio también para los habitantes del resto de municipios de esta zona geográfica: Rivas Vaciamadrid, Loeches, Campo Real, Morata de Tajuña, Perales de Tajuña, etc.
Día:
martes, 14 de Mayo de 2013
Hora:
11:30 horas (los medios deberán asistir a las 11:00 horas)
Lugar:
Avenida del Mediterráneo, 7, Arganda del Rey (Dependencias de Policía Local de Arganda del Rey)

MINISTERIO DEL INTERIOR

Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada (III) de Belt-Segurpricat

Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada (III)


ALEGACIONES AL CAPÍTULO I DEL TÍTULO PRELIMINAR
FUNDAMENTO
La primera cuestión a dilucidar y dejar perfectamente claro es la delimitación de la “seguridad privada”, en el sentido que es complementaria a la “seguridad pública” o a la “seguridad ciudadana”.
En el artículo 1 expresa perfectamente en el final del primer párrafo: Todas estas actividades tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto a las de seguridad pública”.
El texto Constitucional no define a la seguridad pública, indicando únicamente en su artículo 149, 29ª, dentro de las competencias exclusivas del Estado, que asume plenamente la seguridad pública, para a continuación efectuar una disquisición sobre las policías que puedan crear las CC.AA. ¿Quiere esto decir que la Constitución equipara seguridad pública con seguridad ciudadana, eje central de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?
Por otra parte en el artículo mencionado se habla de “actividades y servicios de seguridad”, para posteriormente hablar que las “actividades” son complementarias de la seguridad pública, para a continuación, en el segundo apartado del artículo se relaciona a los servicios de seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Es decir que en el anteproyecto de ley se quiere diferenciar lo que son actividades de lo que son servicios de seguridad privada, y de hecho en el artículo 2, “definiciones”, intenta diferenciar un concepto de otro, lo único es que al final los dos se refieren a “acciones”. Por ejemplo una de las acepciones de “actividad”, según el diccionario de doña María Moliner son las “acciones que realizan las personas”.
Aún hay más, al definir en el artículo 2.1. que es seguridad privada, lo hace como “el conjunto de actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad adoptadas, …”, definiéndose a continuación todos los conceptos, aunque, a juicio del presente autor, quedan confusos los correspondientes a actividad y servicios.
Es importante la definición que hace el anteproyecto de “seguridad privada”, porque tiene por objeto “hacer frente a actos deliberados o riesgos accidentales, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas, proteger su patrimonio y velar por el normal desarrollo de sus actividades”. Hemos subrayado riesgos accidentales, porque consideramos que en este caso está señalando a la superación de emergencias, en definitiva “protección civil”, con lo cual parece que seguridad privada se equipara a seguridad pública, cuya ecuación podría plasmarse como mínimo en:
SP = SC + PC + SV
SP: Seguridad Pública.
SC: Seguridad Ciudadana.
PC: Protección Civil.
SV: Seguridad Vial.
¿Qué son riesgos accidentales?
En el artículo 4 del anteproyecto, al enumerar los fines de la seguridad privada, insiste en que la seguridad privada debe prestar seguridad ante “riesgos accidentales o derivados de la naturaleza”, en definitiva que se encuentra inmersa la seguridad privada, en las tareas de autoprotección.


Veamos un árbol de seguridad pública:

Y recojamos ahora un diagrama, incardinando la autoprotección en la protección civil y ésta en la seguridad pública:

El citado artículo 4.a) del anteproyecto expresa que la “seguridad privada”, cuando son contratados sus servicios, es cuando puede implicarse en tareas de autoprotección (riesgos accidentales o derivados de la naturaleza). En este sentido el texto vuelve a caer en el defecto global de identificar a la seguridad privada con las empresas de seguridad, porque una organización que disponga de departamento y director de seguridad de plantilla, tiene “contratada” seguridad privada propia, bien de forma voluntaria o por imperativo legal (de acuerdo con el futuro Reglamento). Ese departamento es seguridad privada y también tiene a su cargo la superación de riesgos accidentales o derivados de la naturaleza. Es decir que se debería dar nueva redacción a sustituyendo “Satisfacer las necesidades de seguridad de los contratantes de sus servicios” por “Cubrir las necesidades de seguridad donde preste sus servicios, velando por …”
La visualización de la empresa de seguridad privada, por parte del redactor del texto del anteproyecto, le hace perder la prioridad en el empleo de la seguridad privada, incluyendo en su artículo 3, dentro del ámbito de aplicación, en primer lugar a las “empresas de seguridad privada”, cuando debería ser a todas las organizaciones, entidades, instalaciones, establecimientos y actividades que de forma obligada por la ley o voluntariamente quieran disponer de servicios y medios de seguridad, porque evidentemente el primer responsable del buen uso que se haga de la seguridad privada será el “titular” de la “organización, entidad, instalaciones, establecimientos y actividades”. De esta forma el “titular” debería tener su definición, sustituyendo al “usuario de seguridad privada”, recogido en el apartado 9 del artículo 2.
Con respecto a las actividades de seguridad privada, que hay que distinguir de la “actividad” a que se hace referencia en el párrafo anterior, porque se refiere a actividades de negocio o actividades sociales, resulta extraño que entre esas actividades de seguridad privada no se encuentre la “redacción de proyectos técnicos de seguridad”, teniéndose en cuenta que proyecto es distinto a plan (apartado 1 h) del artículo 5. ¿Puede hacer cualquiera un proyecto de seguridad?, o debe ser un técnico competente acreditado para ello y por tanto sujeto a la normativa de seguridad privada.
En el artículo 6: “actividades compatibles”, vuelve a caerse en el error de identificar a seguridad privada con empresas de seguridad privada. Resulta chocante que quede fuera de la ley lo recogido en el apartado 1 c), es decir la conexión a centrales de alarma de sistemas de prevención contra incendios (el resto es lógico que quede fuera del ámbito de aplicación), porque un sistema contraincendios, aparte de ser de obligada instalación, por el Código Técnico de la edificación y otras normas, forma parte del sistema de autoprotección, el cual a su vez y tal como hemos visto en la figura, es parte del sistema de protección civil y a su vez parte de la seguridad pública.
El artículo 7, que ya en la introducción del presente informe se declaraba que era farragoso y un tanto incomprensible, nos hace ver las situaciones relacionadas con la autoprotección, no incluidas en seguridad privada:
No están sujetas a esta ley las actuaciones de autoprotección, entendidas como el conjunto de cautelas o diligencias que se puedan adoptar individual o colectivamente que ejecuten por sí y para sí mismos de forma directa los interesados, estrictamente dirigidas a la protección de su persona o del propio entorno privado, y cuya práctica o aplicación no conlleve contraprestación alguna ni suponga algún tipo de servicio de seguridad privada a terceros.
Podemos entender en este artículo que se refiere:
a)     Las medidas de autoprotección de las empresas de seguridad, realizadas para sí, no son actividades de seguridad privada.
b)     Los establecimientos, instalaciones, actividades, etc. que realicen tareas de autoprotección, sin intervención de miembros de la seguridad privada, no quedan afectados por la futura de ley de seguridad privada.
¿Qué objeto tiene la redacción e inclusión de este artículo en la ley? Cabe decir que en un edificio, que tiene su plan de autoprotección, si tiene seguridad privada contratada, queda afectado por la ley y, en contrapartida, si no tiene contratación de seguridad privada, no. ¿Y si tiene un departamento y un director de seguridad?
Volvemos además al desconocimiento por parte del anteproyecto que la autoprotección forma parte de la protección civil y ésta a su vez del concepto de seguridad.
Los textos legales deben ser rigurosos con el lenguaje y en buena medida el anteproyecto no lo es. En el artículo 8 lo identifica como “Principios rectores”, sin embargo no relaciona ninguno, solamente define determinadas pautas de actuación. Por ejemplo si se toman los diversos epígrafes del citado artículo, al primer principio se le denominaría de “legalidad”; el segundo (que debería refundirse con el tercero) de “colaboración”; el siguiente de “participación en la seguridad pública”; etc.
Igual ocurre con el artículo siguiente, el número 9, que lo denomina “Contratación de servicios”, sin embargo si un detective privado o una empresa de seguridad se contrata, no se hace lo mismo con la constitución orgánica de un departamento de seguridad o la integración en el cuadro numérico de su plantilla a un técnico con la titulación de director de seguridad.
PROPUESTA
Si tomamos como adecuada la definición de seguridad privada, recogida en el artículo 2.1., deben mantenerse los conceptos vertidos en la misma en todas sus referencias en el articulado.
La propia definición de seguridad privada del citado artículo le falta la referencia a las tareas de investigación que llevan a cabo los detectives privados, siendo las “actividades” y las personas que las realizan partes integrantes de la seguridad privada.
Recoger en el conjunto de definiciones el concepto de “Departamento de Seguridad Privada”, verdadero corazón de la seguridad privada en miles de organizaciones españolas, y verdadera conexión con la seguridad pública. Parece ilógico que se definan los “despachos de detectives privados” y no los departamentos, mucho más numerosos y con más incidencia en la Seguridad.
Sustituir al “usuario de seguridad privada” por “titular de la actividad”, definiéndolo como las personas físicas y jurídicas responsables del centro, establecimiento, espacio, dependencia o instalación en donde se desarrollen actividades necesitadas de seguridad privada, bien de forma voluntaria o por imperativo legal. De esta forma en el reglamento se le podría exigir al titular el que dispusiera del correspondiente proyecto y plan de seguridad.
Se debe definir proyecto de seguridad y plan de seguridad, siendo el primero técnico y el segundo operativo, pero que son los que deben activarse con las “actividades, servicios, funciones y medidas de seguridad” que señala el artículo 2.1.
Revisar todas las definiciones, ajustándolas a lo que definición de seguridad privada.
Ser más exhaustivo en las definiciones, recogiendo todos aquellos conceptos que se emplean en la seguridad privada.
Las referencias a la autoprotección deben ser más explícitas. Cuando un establecimiento, instalación, organización, entidad, corporación, etc. y actividad, disponga de departamento de seguridad, será este órgano el que debe hacerse cargo de la autoprotección, junto con el titular del establecimiento, instalación, … y actividad. En el anteproyecto, recogiendo el sentir de la normativa sobre Infraestructuras Críticas, se asigna la responsabilidad de seguridad y protección al departamento de seguridad, sobre todos los sectores vulnerables de la organización, pareciendo absurdo que quede fuera la lucha contra incendios y la autoprotección.
En el artículo 3 “Ámbito de aplicación”, el apartado 1 debe pasar a 2 y el 2 al 1, porque la seguridad privada afecta a los que “titulares” principalmente y posteriormente al resto.
Los principios rectores del artículo 8 deben denominarse, como es tradicional en la normativa española.
Continuará …

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Policía Nacional y Guardia Civil triplican el número de agentes para combatir la violencia de género

Policía Nacional y Guardia Civil triplican el número de agentes para combatir la violencia de género

La Policía Nacional y la Guardia Civil han triplicado el número de agentes que se dedican a combatir la violencia de género y también en el ámbito familiar en la provincia de Málaga. En concreto, la cifra ha pasado de 29 efectivos, que se encargaban exclusivamente de esta labor en el año 2004, a 91 a comienzos de 2013, un incremento de 62 agentes en nueve años. Leer más…

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  • Policía Nacional y Guardia Civil triplican el número de agentes para combatir la violencia de género

    Exposición De Material De Los Ejercitos, De La Armada Y Guardia Civil
    Foto: EUROPA PRESS


    La cifra ha pasado de 29 efectivos en 2003 a más de 90 en este año

    MÁLAGA, 12 May. (EUROPA PRESS) –

    La Policía Nacional y la Guardia Civil han triplicado el número de agentes que se dedican a combatir la violencia de género y también en el ámbito familiar en la provincia de Málaga. En concreto, la cifra ha pasado de 29 efectivos, que se encargaban exclusivamente de esta labor en el año 2004, a 91 a comienzos de 2013, un incremento de 62 agentes en nueve años.

    Además de los más de 90 efectivos que trabajan en investigar y proteger contra delitos relacionados con la violencia en el ámbito familiar, las unidades territoriales de la benemérita realizan también labores de protección de las víctimas, incrementando de este modo los agentes implicados en esta tarea.
    Se trata de una respuesta parlamentaria del PP a raíz de una pregunta formulada en el Congreso por el diputado nacional del PSOE por Málaga, Miguel Ángel Heredia.
    Estos 90 agentes se dividen entre los dos cuerpos de seguridad del Estado: 72 son policías nacionales y 19 son agentes de la Guardia Civil. Dentro de la Policía Nacional se dividen en dos grupos: los Servicios de Atención a la Familia y a la Mujer (SAM/SAF), que se dedican a la investigación de los casos de violencia de género; y las Unidades de Prevención, Asistencia y Protección (UPAP), que se encargan de la protección de las víctimas.
    A la atención de las víctimas e investigación de los hechos, la Policía Nacional dedica 37 efectivos, mientras que a la protección de las mismas dedica 35 agentes en total.
    Los 19 efectivos de la benemérita que conforman el grupo de atención a mujeres y menores –Emume– son asistidos por las unidades territoriales que la Guardia Civil tiene en los distintos municipios malagueños.

    POR MUNICIPIOS

    Por municipios, los efectivos se dividen de las siguiente forma: 32 agentes en Málaga capital –26 policías nacionales y seis guardias civiles–; 13 en Torremolinos y Benalmádena –todos policías nacionales–; 10 en Fuengirola y otros 10 en Marbella –todos policías nacionales–; seis en Estepona –cuatro policías nacionales y dos guardias civiles–.
    En el municipio de Antequera otros cuatro agentes –dos policías y dos guardias civiles–; cuatro en Vélez-Málaga –todos policías nacionales–; tres en Ronda –policías nacionales–; seis repartidos entre los municipios Nerja, Mijas-Costa y Coín –todos guardias civiles–; y uno en Alhaurín de la Torre –Guardia Civil–.
    «El potencial de actuación de estas unidades policiales en la provincia de Málaga se considera proporcionado», tal y como han indicado desde el Gobierno en la respuesta parlamentaria, a la que ha tenido acceso Europa Press, toda vez que el último Punto de Atención Especializada de la Guardia Civil para el tratamiento de los casos de violencia de género fue creado en 2012.
    En el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, las unidades especializadas para combatir este tipo de violencia en la provincia de Málaga disponen del mayor número de efectivos desde su creación, por lo que no se contempla a corto plazo su incremento.
    «Las actuaciones que actualmente se contemplan en esta materia son continuar con la formación y actualización de especialistas para reforzar aquellos puntos que, en función de la casuística, se considere necesario», ha concluido el Ejecutivo.

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    07/11/2012Cae una red que falsificaba denuncias de violencia machista

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    30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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    The Telegraph´: ´España es insolvente, saque su dinero´

    ´The Telegraph´: ´España es insolvente, saque su dinero´

    El diario británico ve «inevitable» la reestructuración de la deuda y «muy posible» la confiscación de los depósitos

    11.05.2013 | 11:54

    El diario británico ‘The Telegraph’ lleva este sábado en la portada de su página web un artículo en el que analiza la situación financiera de España, asegurando que es «oficialmente insolvente» y que lo más recomendable es «sacar el dinero mientras se pueda».
    El artículo, escrito por su editor asociado Jeremy Warner en un blog de finanzas del diario, se basa en el informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) publicado el pasado mes para concluir que la reestructuración de la deuda en España es «inevitable».
    A pesar de señalar que el FMI, debido a que es una institución «demasiado diplomática», no ha calificado a España directamente como insolvente, entiende que sus últimas previsiones «con un aire realista en lugar del habitual optimismo» sitúan al país en este punto.
    El diario británico recuerda que Europa ya aseguró que Grecia sería el primer y último país que sufriría una reestructuración financiera, pero luego Chipre se vio envuelta en una situación similar. Así, resalta que España está retrasando una recapitalización mayor de sus bancos a la espera de que se complete la unión bancaria europea, esperando que «haga el trabajo en su lugar».
    No obstante, para ‘The Telegraph’ esto conllevará «pagar un alto precio», si se tiene en cuenta el precedente de Chipre. En este sentido, destaca que los acreedores bancarios serán «ampliamente rescatados» y la confiscación de sus depósitos parece «muy posible».
    «No aconsejo sacar el dinero a la ligera. De hecho, un consejo de este tipo suele ser considerado irresponsable, ya que corre el riesgo de inducir al pánico, pero mirando a las proyecciones del FMI resulta la única decisión racional», afirma el periodista británico.
    En cualquier caso, el diario excluye de estas advertencias y recomendaciones a la rama británica del Banco Santander, al entender que se encuentra «totalmente aislada de la nave nodriza» en España.

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    30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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