Archivos de la categoría vigilantes de Explosivos DETECTIVES PRIVADOS

La velocidad debe ser la adecuada a las circunstancias y a la vía por la que circulamos. Recuerde que en las carreteras convencionales se producen el 70% de las víctimas mortales. En autopistas y autovías la velocidad máxima permitida para turismos y motocicletas es de 120 km/h.

DGT pone en marcha el dispositivo especial de vigilancia y regulación de Tráfico “Puente de la Constitución-Inmaculada”

04 / 12 / 2012 MADRID
Con motivo del incremento de desplazamientos
Se prevén 5,5 millones de desplazamientos de largo recorrido
Se pondrán en marcha medidas de regulación de la circulación, como carriles adicionales, algunas restricciones para la circulación de camiones y establecimiento de itinerarios alternativos
Imprescindible disponer de la información adecuada, para planificar correctamente los viajes en función de las condiciones meteorológicas
Con motivo de las festividades de ámbito nacional de la Constitución y la Inmaculada -jueves 6 y sábado 8 de diciembre- y el incremento de movimiento de  vehículos que tendrá lugar en las carreteras españolas, de aquellos ciudadanos que deciden disfrutar de varios días de descanso en lugares diferentes, la Dirección General de Tráfico pone en marcha un dispositivo especial para regular, dar seguridad y fluidez a los 5,5  millones de desplazamientos previstos durante este largo puente.
El operativo comenzará a las 15 horas del miércoles 5 de diciembre y finalizará a las 24 horas del domingo 9.
Como suele ser habitual en esta época del año, las condiciones meteorológicas pueden ser adversas para la conducción por la lluvia, niebla, hielo e incluso nieve, sobre todo en zonas de montaña, por lo que es imprescindible disponer de la información adecuada para planificar correctamente los viajes.
PREVISIONES DE CIRCULACIÓN DÍA A DÍA
Respecto a la circulación por carretera, en este periodo tendrán lugar multitud de desplazamientos de largo y corto recorrido, destacando principalmente la salida de las grandes ciudades y el retorno que se producirá los últimos días del fin de semana, en especial el domingo.
Este año, la salida de los grandes núcleos urbanos se producirá en dos fases:
  • La primera, de inicio del puente: el miércoles por la tarde y durante la mañana del jueves.
  • La segunda: el viernes por la tarde y el sábado por la mañana, por el comienzo del fin de semana.
Estos  desplazamientos afectarán de modo significativo a las carreteras cuyo destino predominante sean zonas de montaña, así como también destinos de zonas turísticas de descanso y segunda residencia.
El miércoles, desde las primeras horas de la tarde pueden producirse importantes movimientos de vehículos en las vías de  comunicación que llevan  hacia las zonas de montaña, litoral y segundas residencias, que pueden ocasionar alguna retención en las salidas de las grandes ciudades. A medida que avanza la tarde esas intensidades circulatorias se trasladarán a las zonas de destino.
Esta misma situación se producirá durante la mañana del jueves, día festivo y en el que se seguirán produciendo desplazamientos de salida de los núcleos urbanos.
El viernes al ser un día laboral atípico, al situarse en medio de dos días festivos, por la mañana los desplazamientos habituales de entrada a las grandes ciudades serán menores que un día laboral normal. Por la tarde, se incrementarán los desplazamientos en sentido salida de los grandes núcleos urbanos al ser el día siguiente festivo de ámbito nacional y el posterior domingo.
La situación circulatoria del viernes tarde, se repetirá el sábado por la mañana, pudiéndose producir intensidades elevadas de circulación en sentido salida de las grandes ciudades. Se pueden producir también desplazamientos de corto recorrido a zonas de ocio y esparcimiento cercanas a los mismos.
El sábado por la tarde, algunos ejes viarios pueden presentar mayor intensidad circulatoria de aquellos conductores que deciden adelantar el retorno del puente.
Por lo que respecta al domingo, día de regreso se aconseja iniciar el viaje por la mañana, ya que los conductores se pueden encontrar desde primeras horas de la tarde con tráfico intenso y problemas de circulación en los principales ejes viarios (carreteras nacionales, autopistas y autovías) que encauzan todo el movimiento de retorno, así como también en las carreteras de acceso a zonas de montaña. Por la tarde -noche, ese flujo de vehículos se trasladará a los accesos de los grandes núcleos urbanos, pudiéndose producir algunas retenciones.
AL SERVICIO DEL  CONDUCTOR
Para facilitar los desplazamientos y velar por la seguridad de los viajeros, la DGT tiene previsto una serie de medidas:
  • Amplio equipo humano: La Dirección General de Tráfico contará para esta operación con los servicios de aproximadamente 10.000 agentes de la Ag4rupación de Tráfico de la Guardia Civil, 600 funcionarios y personal técnico especializado que atienden los Centros de Gestión del Tráfico, empleados de las empresas de conservación y explotación  dependientes de Ministerio de Fomento y del resto de los titulares de carreteras, así como personal de los servicios de emergencia tanto sanitarios como bomberos.
  • Instalación de carriles adicionales, mediante conos, en las principales carreteras próximas a las grandes ciudades.
  • Restricción a la circulación de vehículos de mercancías peligrosas y transportes especiales, al igual que la de los camiones de masa máxima autorizada de más de 7.500 Kg en determinadas carreteras de especial intensidad, en horario y días determinados.
  • Paralización de las obras en las carreteras y limitación de la celebración de pruebas deportivas y otros eventos que supongan la ocupación de la calzada.
  • Itinerarios alternativos a las autovías afectadas por las obras:
    • Madrid- Zona Levante (Valencia y Levante sur)
    • Madrid a Zona Levante Norte (Castellón)
SIEMPRE INFORMADO
Antes de emprender el viaje, la Dirección General de Tráfico aconseja al conductor realizar una planificación concreta del mismo. Para ello, ofrece gratuitamente información del estado de la circulación y de las incidencias que pueden afectarla, a través de los siguientes medios:
  • Móvil:  WAP  http://www.dgt.es/index.wml
  • Teléfono      011
  • Internet:  www.dgt.es ofrece información de las incidencias que afectan a la circulación y un boletín grabado de audio que se actualiza cada pocos minutos. Los interesados lo pueden encontrar en Información de Carreteras/ boletín radiofónico.
  • Teletexto de Televisiones
  • Boletines informativos en emisoras de radio
PREVISIÓN METEOROLÓGICA
Miércoles 5 a viernes 7:
Entre el miércoles y el viernes nuevos frentes atlánticos atravesarán la Península y Baleares, dejando a su paso precipitaciones en buena parte de las regiones, moderadas y muy probables en la vertientes atlántica y cantábrica, y débiles y poco probables en el área mediterránea y en Baleares, y con la cota de nieve subiendo por encima de 1500 m salvo en el noreste, donde estará alrededor de 1000 m. Las temperaturas no experimentarán grandes cambios y los vientos serán de componente oeste, moderados en general. En Canarias continuará la situación de alisios moderados del noreste, con algunas lluvias débiles en el norte de las islas de mayor relieve.
Sábado 8 y domingo 9:
Lo más probable es que predomine de nuevo el tiempo anticiclónico sobre la Península y Baleares, con algunas precipitaciones débiles solo en el extremo norte, y ligero a  moderado descenso de las temperaturas, con heladas débiles y descenso de la cota nieve de nuevo por debajo de 1000 m. Sin cambios importantes en Canarias.
Fuente: Agencia Estatal de Meteorología.
SEGURIDAD VIAL= PREVENCIÓN Y PRUDENCIA
En el caso de tener que realizar un viaje en condiciones adversas para la circulación, como las que suelen producirse en esta época del año, es recomendable tener en cuenta, por la seguridad de todos,  los siguientes consejos:
  • Informarse adecuadamente de las condiciones meteorológicas y de la situación de la ruta elegida. Es importante disponer de neumáticos de invierno, cadenas, o de cualquier otro dispositivo antideslizamiento,  sobre todo para viajes por zonas montañosas.
  • Mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente.
  • Hacerse ver mediante la utilización correcta del alumbrado. Si la  lluvia o la  niebla reducen la visibilidad, es imprescindible encender el alumbrado de cruce y el específico de niebla.
  • En vía desdoblada, circule por el carril derecho y si tiene que detener el vehículo hágalo siempre fuera de la calzada y del arcén.
  • Atender en todo momento las instrucciones de los agentes de Tráfico  así como de la información de los paneles de mensajes en carretera.
Además hay que tener en cuenta otros consejos de carácter general, como:
  • Conducción sosegada. Durante el viaje se deben realizar descansos cada dos horas aproximadamente. La desatención en la conducción es el principal factor desencadenante de accidentes graves.
  • La velocidad debe ser la adecuada a las circunstancias y a la vía por la que circulamos. Recuerde que en las carreteras convencionales se producen el 70% de las víctimas mortales.
  • En autopistas y autovías la velocidad máxima permitida para turismos y motocicletas es de 120 km/h.
  • Adoptar las mismas precauciones al realizar desplazamientos cortosque en los de largo recorrido.
  • El carril izquierdo sólo se debe utilizar para adelantar, teniendo que volver de nuevo al carril derecho una vez finalizado dicho adelantamiento
  • Cinturón  todos, cinturón siempre. En cualquier desplazamiento, ya sea de corto o largo recorrido y en todos los asientos, deben utilizarse los sistemas de seguridad adecuados. Cinturón, sillas infantiles pueden salvarnos la vida. Al igual que el casco para usuarios de motocicletas y ciclomotores.
  • El consumo de alcohol y drogas por los conductores es incompatiblecon la conducción.
  • http.//www.segurpricat.es


MINISTERIO DEL INTERIOR

FORMACION REGLADA POR EL MINISTERIO DE EDUCACION PARA EL PERSONAL DE SEGURIDAD

El Boletín mensual Flash! de julio de la APDPE nos adelanta el futuro de la Formación de Seguridad Privada. Seguidamente, dio un repaso a las actuales exigencias formativas del personal de Seguridad Privada y la posibilidad futura, que se baraja podría aparecer en la nueva LSP. En el caso de los Títulos oficiales la pretensión es que sea el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte quien lo gestione, aunque con las exigencias mínimas de los contenidos marcadas por el Ministerio del Interior. Durante un periodo de tiempo, en caso de llegar a buen fin dicha propuesta, se mantendrán los Centros de Formación también para la actualización, a nivel básico, y con ello la reconversión del sector. LINK: artículo completo Pag. 8 Flash! Julio A.P.D.P.E. http://www.apdpe.org/sites/default/files/Flash!%20Julio%2012.pdf

Vigilantes y Especialidades Convocatorias

Convocatorias
  • Vigilantes y Especialidades
  • Convocatorias

    FECHAS DE EXÁMENES 2012 ( Publicado en B.O.E. núm. 02, de 03 de Enero de 2012 )

  • Plazo para presentar solicitud:

  • 2012/91 Del 4 al 13 Enero de 2012.
  • 2012/92 Del 13 al 22 de Febrero de 2012.
  • 2012/93 Del 9 al 18 de Abril de 2012.
  • 2012/94 Del 14 al 23 de Mayo de 2012.
  • 2012/95 Del 11 al 20 de Junio de 2012.
  • 2012/96 Del 10 al 19 de Septiembre de 2012.
  • 2012/97 Del 22 al 31 de Octubre de 2012.
  • Jefes y Directores de Seguridad
  • Convocatorias

    FECHAS DE EXÁMENES 2012

  • 21 de Enero (presentación de instancias hasta el 13 de enero).
  • 21 de Abril (presentación de instancias hasta el 6 de abril)
  • 30 de Junio (presentación de instancias hasta el 15 de junio).
  • 06 de Octubre (presentación de instancias hasta el 21 de septiembre).
  • Las pruebas se realizarán en el Edificio Multiusos del Complejo Policial de Canillas, sito en la C/ Julián González Segador s/n, de Madrid, metro Pinar del Rey o Mar de Cristal, dando comienzo a las 10:00 horas y finalizando a última hora de la mañana.

  • Instancias y Requisitos
  • Seguimiento
  • La información y seguimiento puede realizarse a través del teléfono 91/ 322 – 3911 o al correo electrónico ucsp.personal2@policia.es , ambos del grupo de Jefes y Directores de la Unidad Central de Seguridad Privada, calle Rey Francisco, 21 de Madrid

Tiene la condición de agente de la autoridad como colaborador de los cuerpos policiales de Cataluña. Deben establecerse por reglamento las medidas de control y los requisitos de formación de este personal.


SEGURPRICAT pone a su disposición como consultores de seguridad internacional e Inteligencia su experiencia internacional

SEGURPRICAT pone a su disposición como consultores de seguridad internacional e Inteligencia su experiencia internacional y formación en el analisis de riesgos en seguridad para que pueda toma la decisión màs adecuada a sus necesidades, disponemos de formación multidisciplinar, talento, inteligencia y creatividad para colaborar con eficiencia y eficacia en sus proyectos internacionalización de su empresa, porque nadie ignora que la implantación en el mercado exterior no se improvisa.


LEY 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejoramiento de la regulación normativa.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente El Título V se refiere en el ámbito de la seguridad. Incluye medidas que afectan al sistema de seguridad pública de Cataluña, la protección civil, el centro de urgencias 112, los espectáculos públicos y actividades recreativas y los Espectáculos tradicionales con toros. Se reconoce la condición de agente de la autoridad como colaborador de los cuerpos policiales de Cataluña al personal de seguridad privada cuando preste servicios de seguridad en las infraestructuras de transporte público de Cataluña por cuenta de la Administración o entidades del sector público; simplifica la acreditación de los requisitos exigidos para la autorización de empresas de seguridad privada; simplifica los procedimientos de comunicación en materia de protección civil mediante la introducción de medios electrónicos; reorganiza el Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, suprime la necesidad del visado del colegio profesional para determinados certificados técnicos, adecua el régimen sancionador, regulando la formación del personal responsable del control de acceso a establecimientos

TÍTULO V

Ámbito de la seguridad

CAPÍTULO II
Modificación de la Ley 4 / 2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña

Artículo 79
Adición de las disposiciones adicionales séptima y octava a la Ley 4 / 2003 Se añaden dos disposiciones adicionales, la séptima y la octava, en la Ley 4 / 2003, con el siguiente texto:
“Séptima”

Personal de seguridad privada

De acuerdo con las atribuciones de coordinación de los servicios de seguridad privada con la policía de las instituciones propias de Cataluña que son competencia de la Generalitat, el personal de seguridad privada, cuando preste servicios para garantizar la seguridad en las infraestructuras y los servicios de transporte público de Cataluña por cuenta de la Administración o de entidades del sector público o empresas operadoras, y siempre que el desarrollo de las funciones se derive del servicio contratado por la Administración o ente público de acuerdo con la legislación de contratación pública, tiene la condición de agente de la autoridad como colaborador de los cuerpos policiales de Cataluña. Deben establecerse por reglamento las medidas de control y los requisitos de formación de este personal.

“2. En el marco de las juntas locales de seguridad, se informará del número de efectivos del personal de seguridad privada mencionado que actúa en cada municipio.

Orden sobre medidas de seguridad privada O.M.. 317/2011. En su redacción dada por:

Orden sobre medidas de seguridad privada.
En su redacción dada por:

Video informativo: Internacionalización, liderazgo y seguridad de Empresas. Julian Flores Garcia

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30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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Para mayor información sobre consultoria de seguridad en el enlace:
http://www.siseguridad.es/index.php/que-hacemos

http://www.siseguridad.es/leyes/BOE-A-2011-3171.pdf
• Orden INT/317/2011, de 01.02.11, aprobatoria de la misma (BOE Nº  42 de 18.02.11).

ORDEN OM 314/2011EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA

Orden sobre empresas de seguridad privada.
En su redacción dada por:
http://www.siseguridad.es/leyes/BOE-A-2011-3168.pdf
• Orden INT/314/2011, de 01.02.11, aprobatoria de la misma (BOE Nº 42 de 18.02.11).
• Corrección de errores (BOE Nº 61 de 12.03.11)

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30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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Julian Flores Garcia
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Feria Internacional de Seguridad E+S+S

Para mayor información sobre consultoria internacional de seguridad
para Colombia en el enlace:
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Julian Flores Garcia
http://www.twitter.com/juliansafety
@juliansafety

Seguridad Privada importancia de los TÍTULOS: Órdenes Ministeriales

Normativa

Sede Electrónica-Habilitación y 1ª expedición de TIP’s de personal de seguridad Habilitar a ciudadanos para ejercer funciones de seguridad privada

Sede Electrónica-Habilitación y 1ª expedición de TIP’s de personal de seguridad

Habilitar a ciudadanos para ejercer funciones de seguridad privada
Descargar formulario
¿Qué es?
A través de este procedimiento se otorga al interesado la habilitación del Ministerio del Interior, con carácter de autorización administrativa, para desarrollar las respectivas funciones correspondientes al personal de seguridad privada (previa superación de las oportunas pruebas oficiales de conocimiento y capacitación).
¿Clases y tipologías?
Solicitud de expedición de la tarjeta de identidad profesional de Vigilantes de Seguridad y especialidades, Jefes y Directores de Seguridad y detectives privados.
¿Quiénes son los interesados?
El personal que cumpla los requisitos a los que hace referencia los artículos 53, 54 y 63 del Reglamento de Seguridad Privada.
Periodo de validez
La tarjeta de habilitación profesional obtenida tras la habilitación tendrá una validez de diez años a contar desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de la obtención de duplicados en caso de pérdida, sustracción o deterioro.
¿Como se gestiona?
Mediante expediente instruido a instancia del propio interesado.
Modelo de solicitud
Habilitación de personal de seguridad privada
Declaración jurada
¿Dónde se presenta la documentación?
En las correspondientes Unidades de Seguridad Privada ubicadas en las Jefaturas Superiores de Policía, Comisarías Provinciales y Comisarías Locales del Cuerpo Nacional de Policía.
Documentos:
  • Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia
Otra documentación:
  • Dos fotografías
  • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso correspondiente, en concepto de tasa por habilitación de Vigilante de Seguridad y sus respectivas especialidades (art. 44, apartado 5, Tarifa séptima de la Ley 13/1996) con arreglo al modelo 790 a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras, cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Datos básicos del procedimiento
  1. Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
  2. Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
  3. Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
  4. Resolución del procedimiento:
  5. Órganos competentes para resolver este procedimiento:
    • Por competencia propia:

      • Dirección General de la Policía .
      • Director General de la Policía , por delegación, el Comisario General de Seguridad Ciudadana (Orden de 30 de noviembre de 1998).
  6. Plazo máximo para resolver y notificar:
    • 7 Días Hábiles.
    • La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
  7. Efecto de la falta de resolución en este plazo:  
    • Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
  8. Normativas que regulan el silencio administrativo:
    • Ley 14/1999 de medidas fiscales, administrativas y de orden social.
  9. Recursos que se pueden interponer:
    • Contencioso-Administrativo.
  10. Órgano que resuelve el recurso:
    1. Juzgados de lo Contencioso
    2. Juzgados Centrales de lo Contencioso Adtvo.; Salas de lo Contencioso Adtvo. del Tribunal Superior de Justicia
    3. Sala de lo Contencioso-Adtvo. de la Audiencia Nacional;Sala de lo Contencioso-Adtvo. del Tribunal Supremo
  11. Plazo de interposición del recurso: 2 meses acto expreso, 6 meses acto presunto.
  12. Normativa:
    • Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, artículo 44 (BOE Nº 315, de 31 de diciembre).
    • Orden Ministerial de 7 de julio de 1995, por la que se da cumplimiento al Reglamento de Seguridad Privada sobre personal (BOE de 17 de julio de 1995).
    • Real Decreto 240/2007 sobre entrada libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
    • Resolución de 19 de enero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se determinan aspectos relacionados con el personal de Seguridad Privada, en cumplimiento de la Orden de 7 de julio de 1995 (BOE de 31 de enero).
    • Ley 23/1992 de Seguridad Privada.
    • Real Decreto 2364/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
Código del procedimiento:110070

Ultima convocatorias este año vigilantes de seguridad y especialidades seguridad

Convocatorias
  • Vigilantes y Especialidades
  • Convocatorias 

    FECHAS DE EXÁMENES 2012 ( Publicado en B.O.E. núm. 02, de 03 de Enero de 2012 )

  • Plazo para presentar solicitud:

  • 2012/91 Del 4 al 13 Enero de 2012. 
  • 2012/92 Del 13 al 22 de Febrero de 2012. 
  • 2012/93 Del 9 al 18 de Abril de 2012.
  • 2012/94 Del 14 al 23 de Mayo de 2012.
  • 2012/95 Del 11 al 20 de Junio de 2012.
  • 2012/96 Del 10 al 19 de Septiembre de 2012. 
  • 2012/97 Del 22 al 31 de Octubre de 2012. 
  • Jefes y Directores de Seguridad
  • Convocatorias 

    FECHAS DE EXÁMENES 2012

  • 21 de Enero (presentación de instancias hasta el 13 de enero).
  • 21 de Abril (presentación de instancias hasta el 6 de abril)
  • 30 de Junio (presentación de instancias hasta el 15 de junio).
  • 06 de Octubre (presentación de instancias hasta el 21 de septiembre).
  • Las pruebas se realizarán en el Edificio Multiusos del Complejo Policial de Canillas, sito en la C/ Julián González Segador s/n, de Madrid, metro Pinar del Rey o Mar de Cristal, dando comienzo a las 10:00 horas y finalizando a última hora de la mañana.

  • Instancias y Requisitos
  • Seguimiento
  • La información y seguimiento puede realizarse a través del teléfono 91/ 322 – 3911 o al correo electrónico ucsp.personal2@policia.es , ambos del grupo de Jefes y Directores de la Unidad Central de Seguridad Privada, calle Rey Francisco, 21 de Madrid

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30 abril, 2013 por Julián Flores Garcia

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red seguridad revista Revista independiente especializada en Seguridad Informática

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Revista independiente especializada en Seguridad Informática, Protección de Datos y Comunicaciones. Líder de opinión y difusión en el sector TIC. De aparición bimestral, recoge información de actualidad relativa a productos, empresas, artículos técnicos y de opinión, entrevistas, eventos, noticias etc… del mundo de las TI, habiéndose constituido en ventana de opinión de los profesionales del sector. Organiza y participa en encuentros profesionales, seminarios, mesas redondas, ferias y charlas técnicas.

FUENTE BORRMART